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Actualmente ha cambiado el sistema de subastas judiciales y los trámites que hay que realizar para la adjudicación de cualquier propiedad inmobiliaria en una subasta judicial.

El producto que nosotros presentamos es la prestación del servicio para que actuando en su nombre, pueda acceder a adjudicarse un bien inmobiliario que se saque a subasta judicial.

Únicamente lo que hacemos es poner a su servicio nuestras habilidades profesionales como abogados que somos, para que Vd., pueda adquirir bienes inmuebles sin que tenga que pagar un precio de mercado por la adquisición de este tipo de bienes.

¿COMO ACTUAR?

Nosotros nos ocupamos de todo, es decir:

  • Localizamos los bienes que puedan interesarle
  • Realizamos una valoración de contraste con el precio por el que se haya acordado sacar a subasta judicial el bien.
  • Realizamos los depósitos necesarios en el Juzgado para que podamos participar en la subasta
  • Pujamos en la subasta para que se pueda adjudicar el bien en cuestión.

¿QUÉ BENEFICIOS OBTIENE EL INTERESADO?

Los beneficios son innumerables, a saber:

  • Normalmente se pueden conseguir adjudicaciones inmobiliarias a mitad de precio de mercado.
  • Todas las cargas que pesasen sobre el inmueble a subastar, quedan canceladas automáticamente, quedando la adjudicación libre de cargas y gravámenes.
  • El Impuesto que hay que pagar en este tipo de adjudicaciones, es el mismo que se paga para cualquier clase de adquisición inmobiliaria.
  • No se paga ni un céntimo a ningún intermediario.
  • Se puede, según qué casos, intentar evitar la subasta sustituyendo al acreedor y adjudicárselo por el valor de la deuda.

¿QUÉ TRAMITES TIENE QUE HACER EL INTERESADO?

  • Firmar una hoja de encargo en la que se contienen todas las instrucciones que quiere imponer para la subasta.
  • Otorgar un poder notarial para que podamos actuar en su nombre.
  • Efectuar la consignación en el juzgado del 5% del bien a subastar, con la seguridad de que caso de no adjudicarse el bien, Vd. recibe el reembolso de su dinero íntegramente.
  • Tener la previsión para que, en el plazo de 30 días a partir de la celebración de la subasta, se pueda hacer la entrega del precio por el que ha resultado adjudicado el bien.

¿CUANTO LE CUESTA AL INTERESADO EL ACTUAR EN LA SUBASTA?

  • Inicialmente hay que hacer una provisión del 3% al despacho de abogados, para abrir el expediente y atender los gastos necesarios para la localización del bien.
  • Sino hay adjudicación a su favor, no tendrá que volver a pagar ningún honorario.
  • Si hay adjudicación deberá abonar el 7 por 100, del importe por el que haya resultado la adjudicación.

¿Quiere recibir más información acerca de inmuebles procedentes de subastas?

Póngase en contacto con nosotros escribiendo un email a inmobiliaria@legalium.com o rellenando el formulario a continuación.






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    Verona Steinkemper
    Verona Steinkemper
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